La URU comunicó la suspensión de Ignacio Conti y de los derechos de localía de Polo por seis meses, además pasó antecedentes de varios jugadores y el DT a Disciplina
La crisis entre Carrasco Polo y la Unión de Rugby del Uruguay se encamina a continuar luego de conocerse oficialmente la sanción que la Directiva de la Unión de Rugby del Uruguay estableció al club por los cánticos de la final del Torneo Apertura.
Se ratificó lo que se sabía de las sanciones a los derechos de localía del club y al capitán Ignacio Conti, y se confirmó que será hasta el 31 de diciembre de 2010.
Sin embargo, también se advirtió a los jugadores Federico Capó, Carlos Protasi y Matías Aguirre, y al DT Diego Ormaechea, por declaraciones hechas tras el partido. Según dice la resolución, se pasan los antecedentes al Tribunal de Disciplina, para que éste resuelva.
El comunicado expresa textualmente:
REFERENCIA:
FINAL DEL TORNEO APERTURA DE PRIMERA DIVISIÓN ENTRE CARRASCO POLO CLUB Y OLD BOYS CLUB DE FECHA 3 DE JULIO DE 2010.
HECHOS:
LUEGO DE TERMINADO EL PARTIDO, LOS JUGADORES DEL EQUIPO LOCAL DE CARRASCO POLO CLUB, FESTEJARON SU TRIUNFO CON CANTOS AGRAVIANTES HACIA LA UNIÓN DE RUGBY DEL URUGUAY.
DICHA SITUACIÓN TIENE COMO AGRAVANTE LA ADVERTENCIA REALIZADA POR LA UNION DE RUGBY DEL URUGUAY Y EL COMPROMISO DEL LOCAL DE EVITAR CUALQUIER SITUACIÓN REÑIDA CON EL ESPIRITU DE NUESTRO DEPORTE.
RESOLUCION:
SANCIONAR AL CLUB CARRASCO POLO CON LA PERDIDA DE LA CONDICION DE LOCAL, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010, EN LAS CATEGORÍAS 1ª DIVISIÓN, INTERMEDIA Y M19 (*).
SUSPENDER AL CAPITÁN DEL CLUB CARRASCO POLO, SR. IGNACIO CONTI, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.
PASAR AL TRIBUNAL DE DISCIPLINA LOS ANTECEDENTES POR LAS DECLARACIONES DEL TECNICO DE CARRASCO POLO CLUB, SR. DIEGO ORMAECHEA, POR LA ACTITUD Y DECLARACIONES DEL CAPITÁN, SR. IGNACIO CONTI Y LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR LOS SIGUIENTES JUGADORES DEL MISMO CLUB:
1. SR. MATIAS AGUIRRE
2. SR. CARLOS PROTASI
3. SR. FEDERICO CAPO
(*) ACLARACIÓN DE LA PERDIDA DE CONDICIÓN DE LOCAL:
CARRASCO POLO CLUB DEBERÁ PROPONER UNA TERCERA CANCHA O COORDINAR CON SU RIVAL EL USO DE SUS INSTALACIONES PARA JUGAR EL PARTIDO CORRESPONDIENTE, EMPERO DEBERÁ CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE EL LOCAL GENERA DESDE EL PUNTO DE VISTA REGLAMENTARIO, MEDICO, TERCER TIEMPO, ETC.
COMISIÓN DIRECTIVA DE LA UNIÓN DE RUGBY DEL URUGUAY